martes, 20 de octubre de 2015

terminación por mora en el pago de la prima

En diferentes ocasiones los asegurados presentan quejas ante la Superintendencia Financiera, manifestando que les terminaron su contrato de seguros, sin ni siquiera notificarlos. Les compartimos un articulo en el que se analiza una sentencia en la que les explican por que esta notificación no es necesaria cuando se incurre en mora en el pago de la prima. Al respecto dicha sentencia manifiesta:

“para que la terminación se dé, no requiere de una manifestación de voluntad por parte del asegurador, ni de la notificación al tomador y, mucho menos, de sentencia judicial que la declare, pues tal efecto jurídico acaece de pleno derecho, indicó (M.P. Álvaro Fernando García)”.

Ahora bien, es importante tener en cuenta que la terminación por mora en el pago de la prima no opera en pólizas de cumplimiento estatal ni en el soat.

http://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/Financiero-Cambiario-y-Seguros/terminacion-de-contrato-de-seguro-por-mora-en-pago-de-prima-opera-de-pleno-derecho.asp?CodSeccion=84

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