En mi opinion mas alla de la rigurosidad que se debe
tener en la negociación y redacción de un contrato, en lo cual debemos ser muy cuidadosos es en la ejecución del mismo, mas aun cuando estamos frente a
contratos que involucran una prestación personal de un servicio.
En este punto es importante señalar la importancia del
principio constitucional laboral de la primacía de la realidad, de conformidad
con el cual para nuestro caso siempre prevalecerá respecto de las clausulas
contenidas en el contrato civil de servicios o en el contrato comercial de
corretaje, las condiciones reales de ejecución de esa relación contractual.
Todo lo anterior significa que si en realidad la compañía
ejerce subordinación jurídica sobre el contratista/corredor, de nada servirá
ninguna de las cláusulas de inexistencia de relacion laboral que se incluyan en
el contrato. Así las cosas el riesgo real solamente puede medirse desde
la forma en que va a ser ejecutado dicho contrato y no desde el contenido de su
clausulado.
Ahora bien, en la sentencia que se analiza en el articulo
que a continuación les comparto, a la "corredora" se le ordenaba
realizar funciones diferentes a las de poner en relación a dos o mas personas
con el fin de que se celebre un negocio especifico, tales como el cumplimiento
de metas y la sujeción a un horario. Dichas actividades adicionales para la
Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia, configuraron el elemento de la
SUBORDINACIÓN, requerido para la existencia de una relación laboral.
De acuerdo con lo anterior y teniendo en cuenta que
existe una prestación personal del servicio, una remuneración y finalmente esta
presente el elemento de la subordinación, se configuró una relación
laboral.
http://www.ambitojuridico.com/BancoConocimiento/Financiero-Cambiario-y-Seguros/contrato-de-corretaje-que-implique-subordinacion-deriva-en-negocio-distinto-al-pactado.asp?print=1
Esteban Jimenez M.
Abogado Universidad Externado de Colombia
LLM candidate, University of Minnesota Law School.
Esteban Jimenez M.
Abogado Universidad Externado de Colombia
LLM candidate, University of Minnesota Law School.
Esteban_jm@hotmail.com
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