domingo, 25 de junio de 2017

5 AÑOS DE LA DELEGATURA PARA FUNCIONES JURISDICCIONALES DE LA SUPERINTENDENCIA FINANCIERA

De acuerdo con lo establecido en el estatuto el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) y el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012), la Superintendencia Financiera de Colombia cuenta con funciones jurisdiccionales. El pasado 8 de Junio de 2017, la Superintendencia Financiera expidió un comunicado con las cifras que les presentamos a continuación, las cuales consideramos fundamental analizar en detalle:

Categoría
Cifras
Quejas recibidas en 5 años
·         8.626 demandas y, al cierre de mayo 7.533 estaban finalizadas.
Casos resueltos en favor del consumidor

·         76%
Perfil del demandante
·         54% hombres
·         40% mujeres
·         6% personas jurídicas
Región
·         47% (4.090) de las demandas provienen de ciudades diferentes a Bogotá.
Tiempo estimado del proceso
·          147 días desde el momento de la notificación hasta llegar a una solución definitiva.
Demandas más comunes
·         Contrato de seguros y pago de indemnizaciones.
·         Fraudes por canales electrónicos.
·         Contrato mutuo.
·         Cobros indebidos con cargo a tarjetas de crédito.
·         Incumplimiento en los deberes de información y habeas data.

El balance sin duda es positivo de cara a la protección del consumidor financiero ya que le da acciones contra el abuso del derecho que pueda ocurrir de parte del extremo dominante de la relación económica. Asimismo es un mecanismo idóneo para contribuir a la descongestión de la justicia ordinaria, más aun cuando su funcionamiento es eficaz, teniendo en cuenta que en promedio un proceso toma 147 días desde el momento de la notificación hasta llegar a una solución definitiva.

Para terminar quisiera resaltar que uno de los temas que me causó mayor preocupación de dicho comunicado, es que manifiesta que las demandas más comunes que recibe la entidad tienen relación con el contrato de seguros y el pago de indemnizaciones. En este punto me permito invitar a las aseguradoras a innovar en su relación con el cliente. Estoy convencido que lo que diferencia al asegurador contemporáneo del cavernario es que es un aliado en la prevención y no un simple pagador/objetador de siniestros.

Adenda: si bien se anunció con bombos y platillos en su momento la viabilidad de constituir sociedades en línea en la Cámara de Comercio de Bogotá, dicho procedimiento tiene diversos espacios de mejora. Lo anterior teniendo en cuenta que el portal en línea para efectos de constituir una sociedad únicamente sirve para realizar la validación de documentos. Una vez validados, el usuario debe imperativamente acercarse a la cámara de comercio.


Esteban Jimenez M.
LLM,Universidad de Minnesota
Esteban_jm@hotmail.com
Twitter: @Inntegrity8
Blog: 
http://actualidadnoticiasdeinteres.blogspot.com/

1 comentario:

  1. Jaime Rodrigo Camacho Melo.28 de junio de 2017, 10:49

    Respetuosas precisiones:
    No son 47 sino 147 días los que dura en promedio un proceso judicial ante la SFC.
    La mayoría de las demandas terminan en conciliación; otra importante cantidad terminan por desistimiento del demandante en la audiencia, una vez tiene claridad sobre su reclamación y la oposición de la demandada en ese escenario (pareciera que las entidades vigiladas no se hacen entender bien por escrito).
    El 76% de los casos que se resuelven a favor de los consumidores se calcula sobre los 3.337 en los que hubo resolución definitiva.
    Coincido en que las aseguradoras deben mejorar sus procedimientos. Y estoy seguro que lo están haciendo.

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